Foto: Eros Erika/123RF

Nota de prensa enviada a nuestra redacción por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT)

  • Pasajeros en tránsito permanecerán en sala aislada para continuar con su viaje a su lugar de destino.
  • Disposición aplica del 18 de marzo al 12 de abril inclusive, en acatamiento de Decreto de Emergencia por COVID- 19.

A partir de la media noche de este 18 de marzo, los aeropuertos internacionales solo permitirán el ingreso del país de ciudadanos costarricenses o residentes, lo anterior, en acatamiento al Decreto de Emergencia No. 42227-MP-S, firmado este lunes por la Presidencia de la República.

Álvaro Vargas, Director General de Aviación Civil, explicó que los pasajeros en tránsito podrán continuar con su viaje a los países de destino, siempre y cuando la aerolínea garantice que cuentan con un vuelo de conexión. Mientras permanezcan en suelo nacional, se mantendrán en un área aislada.

La Dirección General de Aviación Civil comunicará a las aerolíneas su obligación de verificar y garantizar la conexión para los pasajeros en tránsito.

Los vuelos de rescate de pasajeros y asistencia humanitaria serán autorizados previa coordinación con la Dirección General de Aviación Civil.

Los controles de ingreso exclusivos para nacionales o residentes, se aplicarán a través de la Policía de Migración en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, Daniel Oduber, Tobías Bolaños y el de Limón.

 

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